REVISIÓN DEL PLAN GENERAL DE ORDENACION URBANA. APROBACIÓN PROVISIONAL

Los documentos que integran el nuevo Plan General tiene un contenido eminentemente técnico, de conformidad con las exigencias de la Ley Vasca del Suelo y Urbanismo (ley 2/2006, de 30 de junio), de las disposiciones legales que regulan el uso del suelo y de los edificios (costas, aguas, ríos, servidumbres aeronáuticas, …), y de aquellas otras que establecen obligaciones en cuanto a la evaluación de los efectos de sus propuestas (ambientales, lingüísticas, de género, ….).

El nuevo Plan General hace suyos los objetivos de la ciudad de avanzar en su consolidación como ciudad-región y como polo de referencia en los sectores tecnológicos, empresariales, universitarios y culturales. La transformación de la ciudad mira hacia el sector servicios y hacia los nuevos sectores tecnológicos y del conocimiento como campos de desarrollo, con las consiguientes estrategias de regeneración urbana y desarrollo sostenible.

Estas líneas de actuación están incorporadas al nuevo Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) adecuando su regulación a las exigencias, que a día de hoy, somos capaces de diagnosticar, para los próximos 15-20 años.

En ellas se recogen las propuestas y los criterios de ordenación que se plantearon en el documento del Avance, aprobado por la Corporación en marzo de 2018, en base a los resultados del proceso de participación ciudadana articulado entre los años 2016 y 2017; y se incorporan así mismo las determinaciones resultantes de los informes emitidos hasta el momento por  las Administraciones Sectoriales, así como los reajustes derivados de las alegaciones estimadas tras los 2 periodos de exposición pública habilitados entre febrero y mayo de 2019, el primero, y entre marzo y junio de 2020, el segundo.

El Pleno del Ayuntamiento de Bilbao, en sesión de fecha 18 de diciembre de 2020, ha acordado aprobar provisionalmente el nuevo Plan General, en base al documento sometido al “segundo período de exposición pública”, con las precisiones y rectificaciones que se recogen en el “Documento Complementario para la Aprobación Provisional”, en el que se refunde el resultado de: la estimación parcial y/o total de parte de las alegaciones presentadas durante las dos exposiciones públicas; la toma en consideración de los informes de las Administraciones Sectoriales; los reajustes propuestos por los responsables técnicos de la Oficina de Planificación Urbana; y las modificaciones planteadas por los acuerdos adoptados por los grupos municipales, tal y como ha quedado de manifiesto en la citada sesión plenaria.

Tras el acuerdo de aprobación provisional el nuevo Plan General, además de completar los informes sectoriales, debe ser sometido al trámite de la Declaración Ambiental Estratégica y al informe de la Comisión de Ordenación del Territorio del País Vasco (COTPV). Una vez emitidos los citados informes el Plan General deberá ser Aprobado Definitivamente en una nueva sesión a celebrar por el Pleno del Ayuntamiento.